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Mostrando entradas de julio, 2012

NO TE MUERAS QUE ES PEOR

En una economía casi sin pulso, cuando la muerte de nuestra economía se ha convertido en motivo de apuesta entre los especuladores financieros de todo el mundo, cuando el BCE nos dosifica las transfusiones para que no nos muramos, pero de manera insuficiente para que abandonemos la UCI, lo más macabro que se me puede ocurrir es encarecer la tributación de todos los servicios asociados a la muerte. Y es que entre los servicios que más se van a encarecer con la nueva subida del IVA a partir del 1 de septiembre son los últimos que nuestro cuerpo recibirá antes de ser sepultado o incinerado, sucediendo a partir de esta fecha que nuestro último corte de pelo, las flores que nos acompañaran en el velatorio, el ataúd, transporte funerario y los gastos del tanatorio pasan a tributar del 8% al 21 %. Por lo tanto si quiere ahorrarse la tributación, haga el velatorio en casa y done el cuerpo a la ciencia.

MEDIDAS O DESMEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA

Dejo un enlace al Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/14/pdfs/BOE-A-2012-9364.pdf Afortunadamente he dejado de fumar, por lo que no pagare la subida de impuestos del tabaco. Esta debería de ser la principal razón para dejar de fumar a C/P, aunque a L/P la propia vida y la calidad de esta parecen razones de más peso. Podemos dejar de fumar, pero entonces quizás tributemos por respirar. Procurare ir desgranando poco a poco, el contenido de este real decreto de 91 paginas, ya que modificara sustancialmente la calidad de vida de muchas personas. Pero procurare tener mucho cuidado con su lectura, no sea que con los nervios recaiga en el vicio de fumar y acabe tributando.

RECURSOS HUMANOS 4.0: EL VALOR DEL EQUIPO. ¿Son los trabajadores un activo, un pasivo o un gasto?

Es relativamente común y sobre todo en tiempos de crisis referirse a los trabajadores tanto del sector público como del privado en términos de coste y de gasto. Gasto que se produce con la contabilización del salario y que cuando la actividad de las empresas decae y los ingresos no cubren los gastos parece pesar como una losa en la cuenta de resultados de las empresas. Obviamente cuando la producción disminuye lo hacen las horas de trabajo, pero que es mejor ¿despedir trabajadores, reducir jornadas o hacer un expediente de regulación? Sin olvidarnos de coste salarial, pensemos en la inversión realizada en un trabajador, en sus conocimientos adquiridos en su bagaje por la empresa, en su importancia dentro del equipo, en la inversión realizada en formación, y yendo un poco más atrás podemos incluso valorar la formación realizada por ese trabajador antes de incorporarse a la empresa y de su experiencia adquirida previamente a la incorporación. Pensemos por ejemplo en una

Vídeo explicativo para descargar el programa de ayuda del modelo 200 del impuesto sobre sociedades

SE INICIA EL PLAZO PARA PRESENTAR EL IMPUESTO DE SOCIEDADES: Plazos, normativa, descarga del programa, novedades y videos explicativos.

Desde el 1 de julio se inicia el plazo para presentar el impuesto de sociedades para la mayor parte de las sociedades que dispondrán hasta el día 25 para presentar el modelo 200. A continuación dejo enlaces a plazos, normativa, descarga del programa, novedades y videos explicativos: Plazo para la presentación del impuesto de sociedades Descarga del programa de ayuda del modelo 200 Novedades en la gestión y en la normativa en el Impuesto sobre Sociedades en 2011 Principales novedades en el Impuesto sobre Sociedades en 2011 Vídeo explicativo para la presentación del impuesto de sociedades 2011 Vídeo explicativo para la incorporación de los datos contables al programa de ayuda del modelo 200 del impuesto de sociedades del 2011

Novedades en la gestión y en la normativa en el Impuesto sobre Sociedades en 2011

Las novedades más significativas en lo relativo al impuesto de sociedades se dividen en novedades en la gestión y en la normativa. En lo relativo a la gestión , destacar que para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2011 se eliminan los formularios preimpresos en formato papel del modelo 200 , de manera que los sujetos pasivos no obligados a la presentación por vía telemática, podrán presentar la declaración por vía telemática  o mediante el formato en papel que obtendrán, exclusivamente,  utilizando el programa de ayuda del impuesto. Además en la  Sede electrónica el apoderado de la sociedad dominante podrá consultar las entidades que forman parte del grupo de sociedades de acuerdo con los datos en poder de la Agencia Tributaria a la fecha de la consulta. En lo relativo a la normativa del Impuesto sobre Sociedades y en lo que afecta a su mecánica liquidatoria, las principales novedades son la que se detallan a continuación. Un régimen fisca

Vídeo explicativo para la incorporación de los datos contables al programa de ayuda del modelo 200 del impuesto de sociedades del 2011

Vídeo explicativo para la presentación del impuesto de sociedades 2011

Plazo para la presentación del impuesto de sociedades

La presentación de la declaración deberá efectuarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo, por lo tanto como regla general la mayoría de las sociedades presentaran el impuesto entre el 1 y el 25 de julio al estar su periodo impositivo comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2011. Si coincide la fecha del vencimiento del plazo de presentación de la declaración con alguna festi­vidad o si tal fecha del vencimiento cae en sábado, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente a la fecha del vencimiento Sin embargo, la declaración del Impuesto sobre Sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes, sino que cada sujeto pasivo tiene su propio plazo, en función de la fecha en que concluya su período impositivo. No obstante, los sujetos pasivos cuyo plazo de declaración se hubiera iniciado con anteriori­dad a la entrada en vigor de la Orden HAP /1023/