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A PARTIR DEL 19 DE MARZO SE UNIFICAN LOS MODELOS 110 Y 111 EN UN NUEVO MODELO 111.

En el BOE del 18 de marzo se publica la orden EHA/586/2011, de 9 de marzo , por la que se aprueba el nuevo modelo 111 de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, unificando el modelo 110 con el 111, de manera que el nuevo modelo 111 pueda ser utilizado con carácter general por retenedores u obligados que deban realizar mensual o trimestralmente la declaración e ingreso de las cantidades retenidas. Hasta esta fecha convivían los modelos 110 y 111 para realizar la autoliquidación de las cantidades retenidas y de los ingresos a cuenta que correspondan sobre tales categorías de renta. El modelo 111, de periodicidad mensual, se utilizaba por retenedores u obligados que tenían la consideración de grandes empresas, por las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social, y el modelo 110 era ut...